Atribuciones Comisión de Asuntos Legislativos | Consejo Universitario

Atribuciones Comisión de Asuntos Legislativos

 

Artículo 83.- Son atribuciones y responsabilidades de la Comisión de Asuntos Legislativos:

I. Consultar a la Comunidad, elaborar y someter a la consideración del Pleno, el proyecto de Estatuto General Orgánico, así como las iniciativas en materia de adición, derogación y reforma del mismo.
II. Elaborar y someter a la consideración del Pleno el Reglamento Interno del Consejo así como sus posteriores adiciones, derogaciones y reformas.
III. Conocer, analizar y someter a consideración del Pleno las normas y reglamentos emitidos por todas las instancias académicas, académico-administrativas y administra-tivas de la Universidad, así como también sus posteriores adiciones, derogaciones y reformas.
IV. Revisar, verificar y, en su caso, someter a consideración del Pleno las normas y reglamentos emitidos por las distintas instancias del Consejo para su funcionamiento interno, garantizando su concordancia con la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables.
V. Solicitar la asesoría jurídica, interna y/o externa, que respalde la legalidad de las propuestas de dictamen, normas y reglamentos que la Comisión ponga a consideración del Pleno.
VI. Las demás que el Pleno del Consejo le confiera.

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